martes, 26 de noviembre de 2013

Trabajadores no serán obligados a firmar en blanco para ser contratados

Agencia MANL

México, D.F.- Fue aprobado por el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal el Punto de Acuerdo presentado por el diputado Jorge Gaviño Ambríz del Partido Nueva Alianza en el que se exhortó al Oficial Mayor, titulares de los Órganos Descentralizados, Centralizados, Autónomos y Políticos Administrativos del Gobierno de la capital del país, eviten que a los trabajadores y servidores públicos que inicien labores se les obligue a firmar hojas de papel en blanco y estampar su huella dactilar para ser contratados y dados de alta.

Gaviño Ambríz, destacó que en México existe una mala práctica que ha encontrado eco no solo entre los empleadores o patrones privados, sino entre el Gobierno del Distrito Federal y sus órganos administrativos; lo cual resulta grave para los derechos humanos laborales.

“Son conductas ilegales previstas en el Código Penal, sin embargo son utilizadas frecuentemente”.
El legislador subrayó que las prácticas patronales de que los trabajadores firmen hojas en blanco, son utilizados para simular que el trabajador tiene una deuda económica con él; hasta para despedir de manera injustificada de su empleo al trabajador y que éste no pueda reclamar ante las Autoridades.

Laborales reclamándole el cumplimiento de sus derechos, como son la reinstalación o la indemnización y es aquí cuando el patrón llena esas hojas en blanco que firmó el trabajador cuando ingresó a laborar; indicando en dichos documentos que el trabajador recibió su liquidación y además renunció voluntariamente a su empleo; situándose en una posición ventajosa; argumentando que nunca despidió al trabajador de su empleo, o que le pagó todas sus prestaciones; cuando en realidad sucedió lo contrario.

Además, aclaró que sólo el trabajador puede dar por terminada la relación laboral, pues la terminación decidida por el patrón de forma unilateral debe ser sustentada en causales definidas, sino es equiparable a un despido injustificado.

Finalmente, asambleísta advirtió que con dichas conductas se transgreden los principios relativos en materia de trabajo, en los que establecen que el Estado no puede disponer de los derechos de las personas, ni obligarlas a renunciar de los mismos, el Principios de Protección a los Derechos Adquiridos de los Trabajadores, el Principio de Continuidad en el que persigue que las relaciones laborales sean estables; así como el Principio de la Buena Fé en el que se "impone” un modelo o arquetipo de conducta social basado en la rectitud y honradez.

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