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domingo, 7 de enero de 2024

Más de 46 MDP por multas impuestas en 2023 por infringir la ley federal de protección de datos personales


* Los sectores más sancionados son los de servicios financieros y de seguros y, el de información en medios masivos


* De enero a diciembre de 2023, se instauraron 91 Procedimientos de Imposición de Sanciones

De enero a diciembre de 2023, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) impuso multas por un monto total de 46 millones 849 mil 777 pesos a personas físicas y/o morales que infringieron la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP).
De acuerdo con los registros del Instituto, los sectores más sancionados son los de servicios financieros y de seguros con 21 millones 415 mil 045 pesos; información en medios masivos, con 6 millones 765 mil 633 pesos; comercio al por menor, con 5 millones 487 mil 401 pesos.
Entre las conductas más frecuentes que son motivo de una sanción, se encuentran: dar tratamiento a los datos personales en contravención a los principios establecidos en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, incumplir con el deber de confidencialidad, así como omitir en el Aviso de Privacidad alguno de los elementos que exige la Ley.
En el periodo referido se instauraron 91 Procedimientos de Imposición de Sanciones y se concluyeron 74, de los cuales derivaron las multas impuestas por el INAI por la cantidad referida.
Asimismo, se iniciaron 293 Procedimientos de Protección de Derechos; de los cuales 155 versaron sobre el derecho de acceso a datos personales, 5 de rectificación, 122 de cancelación y 79 de oposición al tratamiento de los datos. Cabe destacar que en un solo procedimiento se pueden ejercer uno o más de estos derechos.
Los sectores económicos ante los cuales existen mayores inconformidades con la atención a estos derechos, conocidos como ARCO, son el de información en medios masivos, con el 25.8 por ciento de solicitudes de protección de derechos; servicios financieros con el 20.6 por ciento, y servicios de salud y de asistencia social con 16.5 por ciento.

jueves, 7 de septiembre de 2023

INAI instruyó ISSSTE debe entregar información sobre pensiones por viudez




¨Los sujetos obligados, al atender solicitudes de información, deben entregar información accesible, confiable, comprensible, de calidad y oportuna, afirmó la Comisionada Presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena

¨En México, .7 millones de mujeres son viudas y casi el 77 por ciento son jefas de familia; la mayoría tiene 65 años o más

#CDMX #ISSSTE #INAI

Agencia MANL

Ciudad de México.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) hacer pública información sobre el procedimiento para tramitar la pensión por viudez, en lenguaje claro y sencillo.




“Quiero reiterar la relevancia de un asunto tan necesario y tan urgente para que cualquier persona pueda conocer esos trámites, puedan facilitarle la vida y que esto no se convierta en un asunto burocrático, que sea lento, y que no se dé la dimensión que corresponde en el impacto de cumplimiento de los sujetos obligados. Reitero, para entregar información accesible, confiable, comprensible, de calidad y oportuna, porque sólo así se podrá asegurar el goce de los derechos que han sido reconocidos para alcanzar un mejor nivel de vida”, expresó la Comisionada Presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, al exponer el caso ante el Pleno.




Resaltó que en México 3.7 millones de mujeres son viudas y casi el 77 por ciento de ellas son jefas de familia; la mayoría tiene 65 años o más, lo que las coloca en una situación de extrema vulnerabilidad, pues en muchas ocasiones no solamente viven solas, sino que además tienen dificultades de movilidad y no cuentan con familiares que les apoyen.




Blanca Lilia Ibarra subrayó también que el de las mujeres viudas de la tercera edad, es un sector de la sociedad que requiere urgentemente visibilizar sus necesidades y, además, contar con políticas públicas que les resulten útiles.




En este caso, un particular solicitó al ISSSTE información sobre los requisitos y el procedimiento para tramitar la pensión por viudez; esa institución le dio una respuesta técnica, con terminología jurídica, por lo que presentó un recurso de revisión por la falta de entrega de lo solicitado, pues requería se le explicara el tema de manera sencilla.




En el análisis del caso, a cargo de la ponencia de la Comisionada Presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena, se determinó que si bien el sujeto obligado aludió a diversos artículos de la Ley del ISSSTE que sustentan las pensiones por viudez, dichos fundamentos legales no resultaron claros para atender la información solicitada.




En su exposición, la Comisionada Presidenta del INAI recordó que es importante que los sujetos obligados busquen, en todo momento, que la información que generen tenga un lenguaje sencillo para cualquier persona, pero al mismo tiempo que sea accesible y oportuno.




Por unanimidad, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta del ISSSTE, y le instruyó realizar una búsqueda en todas las unidades administrativas competentes, a fin de informar el procedimiento para el trámite de pensión por viudez, o señalar los vínculos electrónicos por los cuales se puede obtener la información de manera directa.

martes, 20 de septiembre de 2022

GN debe informar sobre aseguramientos viculados al tráfico de personas: INAI

Imagen del video 




 
                                                                      Video 

 * Guardia Nacional debe estar en constante y permanente escrutinio público

* El marco de acción de la Guardia Nacional debe estar siempre apegado a la Constitución 

Agencia MANL 

La Guardia Nacional (GN) debe informar el número de aseguramientos, vinculados a tráfico de personas, llevados a cabo en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) entre 2000 y 2022; detallando la fecha en la que se realizaron y la zona de la terminal área en la que fueron detectados los ilícitos, así como la Razón Social de las empresas arrendatarias o propietarias del local en el que fueron detectados, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, el Comisionado Adrián Alcalá Méndez subrayó que garantizar el acceso a la información solicitada abona a la construcción de insumos para que la sociedad mexicana pueda valorar el comportamiento de esta clase de diligencias.


“Hoy, más que nunca, la Guardia Nacional debe estar en constante y permanente escrutinio público, en el entendido de que ya es oficial su incorporación a la Secretaría de la Defensa Nacional, por lo que es indispensable vigilar, de manera permanente, que su marco de acción siempre esté apegado a la Constitución y a los tratados internacionales de los que México forma parte, y una manera eficaz de lograrlo es la transparencia en las gestiones y operaciones cotidianas como el aseguramiento de personas, que ocurren diariamente en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México”, afirmó.

La persona que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó su inconformidad con la respuesta de la GN, que declaró inexistente lo requerido.

“La Guardia Nacional se limitó a contestar, pero no agotó el procedimiento de búsqueda exhaustiva, es por esta razón, que la persona recurrente interpuso el recurso de queja, señalando que de la respuesta no se desprendía si el sujeto obligado contaba o no con información, mucho menos qué unidades administrativas fueron consultadas para arribar esta conclusión”, apuntó.

Al analizar el caso, la ponencia del Comisionado Adrián Alcalá Méndez advirtió que el sujeto obligado no cumplió con el procedimiento de búsqueda, pues omitió turnar el requerimiento a todas las unidades administrativas competentes, entre las que se encuentra la Unidad de Órganos Especializados por Competencia, la Dirección General de Inteligencia y la Dirección General de Investigación.

Además, en una búsqueda efectuada por el INAI, se advirtió que la GN cuenta con una Oficina de Enlace en las instalaciones del AICM, cuyas atribuciones incluyen las de aplicar y operar la política de seguridad pública en materia de prevención y combate de delitos.

Por lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta del sujeto obligado y le instruyó dar a conocer el número de aseguramientos, vinculados a tráfico de personas, llevados a cabo en el AICM entre 2000 y 2022; detallando la fecha en la que se realizaron y la zona de la terminal área en la que fueron detectados los ilícitos.

jueves, 7 de abril de 2022

INAI resolvió que AIFA debe informar sobre sistema de datos biométricos


 “El AIFA actuó de manera errónea o equivocada, pues en la respuesta primigenia se limitó a declarar la inexistencia de la información, pero omitió dar certeza de la forma en cómo realizó esta búsqueda”, señaló el Comisionado Adrián Alcalá al presentar el asunto en la sesión del Pleno

Agencia MANL 

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), a cargo de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), entregue la información respecto del sistema E-Gates a través del cual se recabarán datos biométricos de las personas usuarias del Aeropuerto.

“Este sistema de control biométrico representa un avance en materia de uso de tecnología para la movilidad de los usuarios al ingresar a las salas de espera y abordaje del aeropuerto. Al llegar al aeropuerto, los pasajeros deberán documentar directamente en los módulos de la aerolínea que les corresponda, de ahí que se les tome una fotografía para el inicio de ese registro; en caso de que no viajen con equipaje, podrán pasar a uno de los módulos de autoservicio (…), el registro consta de los siguientes siete pasos (…): primero, gestión del consentimiento; segundo, asociación al pase de abordar; tercero, una digitalización y verificación del pasaporte del pasajero; cuarto, lectura y verificación del pasaporte digital; quinto, captura del rostro en el módulo o una selfie en su celular; sexto; comparación de este registro; y séptimo ya finalmente la creación del registro digital del pasajero”, explicó el Comisionado Adrián Alcalá Méndez al exponer el caso ante el Pleno.

Una vez realizados los pasos anteriores, las y los pasajeros podrán cruzar las puertas hacia una sala de espera de abordaje, sin necesidad de volver a mostrar ningún documento, añadió el integrante del Pleno del INAI, quien dijo que el Aeropuerto tendrá un sistema de seguridad de avanzada, y es similar a los empleados en aeropuertos de ciudades como París, Londres, Nueva York y Argentina.

Un particular solicitó saber del sistema E-Gates: cómo funciona, quién resguardará los datos biométricos de los pasajeros; si es el gobierno, qué dependencias lo harán; si es un particular, qué empresa y por cuánto tiempo estarán operando los datos; con qué fines serán utilizados los datos biométricos que sean tomados por el sistema; cuánto tiempo serán resguardados los datos, y el Aviso de Privacidad del sistema E-Gates o sistema de acceso a través de puertas automáticas a las distintas salas de este Aeropuerto.

La respuesta del sujeto obligado fue que no halló evidencias documentales respecto a lo solicitado, razón por la cual el solicitante interpuso un recurso de revisión ante el INAI.

La ponencia del Comisionado Adrián Alcalá advirtió que si bien el sujeto obligado en un inicio no precisó a qué unidades administrativas turnó la solicitud, en alegatos, manifestó que se había turnado a dos unidades adscritas a la Sedena; sin embargo, no se contaba con constancias que demostrasen que en realidad se hubiera consultado a la Dirección de Operación y a la Dirección de Administración de la dependencia, y tampoco la forma en la que éstas realizaron la búsqueda de la información.

“El AIFA actuó de manera errónea o equivocada, pues en la respuesta primigenia se limitó a declarar la inexistencia de la información, pero omitió dar certeza de la forma en cómo realizó esta búsqueda, es decir, a qué unidades administrativas turnó y con qué criterio llevó esa búsqueda; esta deficiencia en el actuar de la entidad obligada, se refuerza con el hecho de que en los alegatos refirió que el sistema del cual se pide información no se ha implementado al 100 por ciento, es decir, si bien no se había implementado en su totalidad el sistema, el sujeto obligado ya tenía conocimiento de este sistema y la forma en la que se implementaría en las instalaciones del AIFA”, indicó.

El Comisionado Alcalá destacó que la importancia de conocer detalles del manejo de los datos personales en poder del AIFA, radica en que los avances tecnológicos han implicado la necesidad de recabar una gran cantidad de información que puede ser utilizada para lesionar derechos, por lo que es necesario vigilar que se protejan los datos personales de acuerdo con los principios establecidos en la Constitución federal. Asimismo, señaló que el Instituto, estará pendiente de que la protección de datos en este Sistema cumpla con la normativa correspondiente.

Por unanimidad, el Pleno del INAI revocó la respuesta del AIFA y le instruyó hacer una nueva búsqueda de la información solicitada en todas las unidades administrativas competentes, entre las que no podrá omitir a la Dirección de Operación y la Dirección de Administración.