lunes, 19 de septiembre de 2022
Los montachoques no está tipificado como delito en Edomex
domingo, 28 de noviembre de 2021
“Miente Ricardo Sodi Cuellar, no es la primera libertad por delito grave”: PIDH
Agencia MANL
Presunción de Inocencia y Derechos Humanos (PIDH) en su comunicado "Quién es quién en la Ley de Amnistía" de este domingo que titula “Miente Ricardo Sodi Cuellar, informa que no es la primera libertad por delito grave” en el Edomex la de Silvia “N”, ocurrida hace unos días, y contradice al presidente del poder judicial del Estado de México (PJEM).
"PIDH siempre habla con la verdad jurídica y es mentira lo expresado en el comunicado del pasado viernes 26 de noviembre de 2021 por el Dr. Ricardo Sodi Cuellar que en el caso de Silvia “N” señaló “que se otorgó la primera amnistía por delito grave”.
El artículo 19 de la Carta Magna señala claramente los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa por ser graves y dentro del catálogo de delitos están “delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos”, el legislador ordinario del estado de México armonizó y dio cumplimiento a lo ordenado por la Constitución Federal y estableció en el artículo 9 del Código Penal del estado de México el catálogo de los delitos graves, entre ellos el Robo, y que en su artículo 290 del citado marco normativo dice:
“Son circunstancias que agravan la penalidad en el delito de robo y se sancionarán además de las penas señaladas en el artículo anterior con las siguientes: I. Cuando se cometa con violencia sobre persona o personas…………” Para efectos de este artículo se entenderá por violencia: a) Física: utilización de la fuerza material por el sujeto activo sobre el sujeto pasivo de la conducta;”.
En esta perspectiva el legislador que expidió la Ley de Amnistía del Estado de México estableció que se decretaría Amnistía en los robos con violencia (que son delitos graves), y esto se legislo en el artículo 4 fracción IV inciso (b, III, y para dar la libertad de este delito grave “es no haber cometido la conducta delictiva con arma de fuego”, entre otros supuestos.
En este sentido es mentira lo señalado por el Dr. Ricardo Sodí Cuellar en el caso de Silvia “N” cuando señalo “que se otorgó la primera amnistía por delito grave”, y esto es así por que el mismo titular del Poder Judicial Sodí Cuellar el pasado 27 de octubre de 2021, informó que se habían otorgado 1600 resoluciones de Amnistía (el 90% por delitos graves robos con violencia) y ante los medios de comunicación destacó “Se le brinda una segunda oportunidad al sentenciado”.
En conclusión, se han otorgado más de 1600 libertades por delitos graves como los es el robo con violencia y que no son “delitos de bajo impacto” como falsamente lo expresa el Dr. Ricardo Sodi Cuellar, y lo más delicado de esta mentira es cuando señala que en el caso de Silvia N “que esta primera amnistía relacionada con un delito grave está fundamentada en el artículo 4, fracción XII de la propia Ley del Estado de México y la resolución fue dictada con perspectiva de género”.Cuando tampoco se fundamenta la libertad de Silvia N en el articulo 4 fracción XII de la Ley de Amnistía, toda vez que la norma señala lo siguiente: A las personas privadas de la libertad independientemente del delito del que se trate, que cuenten con resolución, pronunciamiento o recomendación de organismos internacionales cuya competencia esté reconocida por el Estado Mexicano, algún organismo nacional o local de derechos humanos, donde se desprendan violaciones a derechos humanos y/o al debido proceso, en la que se proponga su libertad.
El Dr. Ricardo Sodi Cuellar no tiene la facultad constitucional de legislar y mucho menos de interpretar la norma para beneficiar con fines políticos y de presión social a los “Colectivos Zeferino Ladrillero y Haz Valer Mi Libertad”, toda vez que el comunicado del 26 de noviembre de 2021 el titular del Poder Judicial, nunca señaló que contaba con una resolución de organismos internacionales de derechos humanos reconocida por el Estado mexicano o resoluciones de la CNDH y tampoco de la CODHEM, en donde, se proponga la libertad de Silvia “N”, tal y como lo señala el artículo 4 fracción XII de la Ley de Amnistía del Estado de México y mucho menos con perspectiva de género e incluso el legislador señaló que los servidores públicos no tenía derecho a la Amnistía (ver artículo 4, Fracción IV inciso (b, VII) de la citada norma.
Incluso el pasado 27 de octubre de 2021 en un entrevista con el Diario El Universal el Dr. Ricardo Sodí Cuellar utilizó el artículo 4, fracción XII y manifestó según su interpretación que “la Amnistía por delitos de alto impacto se requiere una recomendación de la Comisión estatal o nacional de Derechos Humanos y en estos casos no tenemos ninguna formalizada, entonces sin para esa fecha no existía ninguna recomendación, porque resolvió con este marco normativo si no es un delito de alto impacto y dio trámite supuestamente hasta 12 de noviembre de 2021 la solicitud de “Colectivos Zeferino Ladrillero y Haz Valer Mi Libertad”, para otorgar la libertad de Silvia “N”.
La libertad de Silvia “N” es una acción concertada (negociación de la justicia a modo) entre el Dr. Ricardo Sodi Cuellar, el diputado Max Agustín Correa y los Colectivos Zeferino Ladrillero y Haz Valer Mi Libertad”, en donde, en el centro de los acuerdos o cochupos está solo resolver los 25 casos de estas organizaciones y dejar fuera otras solicitudes, principalmente la PIDH.
Recordemos que los “Colectivos Zeferino Ladrillero y Haz Valer Mi Libertad”, presentaron ante la CODHEM 25 solicitudes y no ante la Comisión Especial en Materia de Amnistía de la LX Legislatura, es decir estas organizaciones ni siquiera conocían cuál era el trámite para los casos por su relevancia que están legislados en los artículo 16, 17 y 18 de la Ley de Amnistía.
Todos estos actos están encaminados en obstaculizar y debilitar las solicitudes de Amnistía de PIDH y esto ha quedado demostrado cuando el Dr. Ricardo Sodi Cuellar reconoció en la última reunión que sostuvimos que el Poder Judicial tenía más de 500 solicitudes de Amnistía para opiniones consultivas de PIDH y el pasado 22 de noviembre de 2021 se nos informó que el Tribunal Superior de Justicia del Estado de México no tenía ninguna solicitud.
Lo mismo hicieron los diputados Gerardo Ulloa Pérez y Max Agustín Correa como presidentes de la Comisión en Materia de Amnistía de la LX Legislatura y nunca nos informaron los turnos que se les dieron a nuestras solicitudes. Es claro PIDH es una organización que les incomoda porque: primero no realiza negociaciones vergonzosas a espaldas de los PPLS y segundo porque no vamos a permitir que no se aplique la Ley de Amnistía a miles de falsos culpables por delitos de alto impacto que no cometieron y son inocentes.
“Prisioneros Hoy, Libres Por Siempre
”Presunción de Inocencia y Derechos Humanos” PIDH
jueves, 28 de octubre de 2021
Buscan tipificar el delito de transfeminicidio
Agencia MANL
Toluca, Méx.- La diputada local de Morena, Beatriz García Villegas, al presentar la iniciativa para tipificar el delito de transfeminicidio, en el Código Penal del Estado de México.
Reconocer el transfeminicidio como una figura penal autónoma y como un crimen con sus propios rasgos jugará un papel fundamental en la comprensión, visibilización, prevención y erradicación de los crímenes cometidos por motivo de identidad y/o expresión de género.
En el pleno de la 61 Legislatura, destacó la finalidad es reformar las normas penales existentes, a fin de dar un marco jurídico que visibilice a las personas de la comunidad LGBTTTIQ+, reconociendo la grave problemática de la que son víctimas y estableciendo tipos penales específicos que contribuyan a maximizar la protección de este grupo frente a posibles agresiones y violencia en su contra.
La integrante del partido de la Esperanza apuntó, con esta reforma buscamos que las personas de la diversidad sexual tengan leyes más justas que permitan sancionar de manera efectiva las conductas delictivas que se cometan en su contra y al mismo tiempo evitar cualquier laguna o vacío legal que permita que los crímenes queden impunes.
García Villegas explicó que la tipificación del delito de transfeminicidio permite la apertura de investigaciones de delitos cometidos por motivos de identidad y/o expresión de género desde el primer momento, lo que contribuye al ejercicio pleno de justicia, ayuda a combatir conductas de revictimización por parte de órganos del Estado y cuerpos de seguridad, y permite el correcto tratamiento de la víctima como una mujer trans.
La morenista reiteró, una de las principales afectaciones, es la vulneración a los derechos de las personas trans, pues ante el desconocimiento y falta de capacitación de los cuerpos policiales, fiscales y autoridades forenses no se les reconoce su identidad de género, creando registros imprecisos. Las mujeres trans con frecuencia son identificadas en los registros públicos como “hombres vestidos con ropa de mujer”. Tales acciones además de invisibilizar y estigmatizar a la población trans, evitan que existan registros confiables sobre la magnitud del problema.
Destacó que el proyecto de decreto propone que el delito de transfeminicidio se castigue con treinta y cinco a setenta años de prisión, y en caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio.
La legisladora de la bancada de la Esperanza expuso que en México persiste una situación de violencia generalizada en contra de las personas lesbianas, gay, trans, intersexuales, asexuales y que motivada por prejuicios morales y cristalizada en dinámicas sociales que ponen en peligro la vida, dignidad e integridad de las personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diferentes a la heteronormatividad.
En tribuna, detalló que las condiciones estructurales de violencia y discriminación se traducen en una alta tasa de crímenes de odio, que han sido reportadas por diversas organizaciones y de acuerdo con el informe “Crímenes de odio contra personas LGBTTTIQ+ en América Latina y el Caribe” del ILGALAC, México es el segundo país con más crímenes de odio en América Latina, sólo después de Brasil.
La legisladora refirió que uno de los precedentes que fundamentan esta iniciativa, es el reconocimiento hecho por la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) sobre los crímenes cometidos en contra de las personas LGBTTTI, ya que reconoce un especial grado de vulnerabilidad de las mujeres trans, motivada por una situación exacerbada de transmisoginia.
miércoles, 21 de octubre de 2020
Policías de Teoloyucan se atrincheraron para no ser detenidos por elementos de la FGJEM
Agencia MANL
Teoloyuca, Méx.- Cinco elementos de la policía municipal de Teoloyucan se atrincheraron por varias horas en la comisaria municipal en la colonia Tlatilco, luego de que 20 agentes ministeriales se trasladaron a este sitio para cumplimentar una orden judicial en su contra para ser investigados por su probable participación en el delito de secuestro exprés. Fuentes judiciales indican que un sexto agente no se encontró y se desconoce hasta el momento su paradero.
La mañana de este miércoles, los agentes de Investigación de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción y de la Unidad de Mandamientos Judiciales de esta Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) llegaron a la comisaria para realizar las detenciones y se encontraron con que los probables partícipes se opusieron a la detención y sus compañeros de la corporación no lo permitieron.
El personal de la FGJEM solicitó el apoyo de elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y de la Guardia Nacional (GN), quienes acudieron al sitio para dar cumplimiento a la orden de aprehensión girada en contra de los cinco policías municipales de Teoloyucan.
Al menos 100 personas entre ministeriales de la Guardia Nacional, del ejército, policía estatal y municipal se congregó en el lugar y de ningún bando quería ceder en sus intenciones, por lo que se temía un enfrentamiento de corporaciones por la situación tensa que se guardaba
Posteriormente arribó al palacio municipal el director general de gobierno de la Región Tepotzotlán, Cristian Rodríguez Rodríguez, quien dialogó con la presidenta municipal, Gabriela Contreras Villegas, con el objetivo de llegar a un acuerdo entre las corporaciones de seguridad que garantizara el desempeño de los elementos de la FGJEM en las mejores condiciones óptimas y seguras.
Cabe mencionar que fuentes oficiales señalaron que el funcionario estatal , tuvo contacto telefónico con el Fiscal Regional, para coadyuvar los trabajos con la alcaldesa y finalmente se logró el aseguramiento de cinco de seis elementos de la policía municipal, No se proporcionó el paradero e identidad de un sexto agente involucrado
Los policías identificados son Alejandro “N”, Emma Guadalupe “N”, Blas “N”, Cipriano “N” y Jorge Iván “N”, quienes fueron detenidos en cumplimiento de una orden de aprehensión que existía en su contra por el delito referido, ocurrido en esta región de la entidad.
Los detenidos fueron ingresados al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Cuautitlán, en el caso de los cuatro varones y al Centro Penitenciario de Tlalnepantla en el caso de la mujer, en donde quedaron a disposición de un Juez, quien habrá de determinar su situación legal, sin embargo se les debe considerar inocentes hasta que sea dictada una sentencia condenatoria en su contra.
jueves, 6 de agosto de 2020
12 imputados vinculación a proceso por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual
Agencia MANL
Benito Juárez, Quintana Roo.- Investigaciones y presentadas por Fiscales Especializados en Investigación de Trata de Personas ante los jueces de control, fueron contundentes para que la autoridad judicial determinara que 12 detenidos enfrenten el proceso penal en prisión por el delito de trata.
La Fiscalía General del Estado de Quintana Roo, informa que Fiscales Especializados en Investigación de Trata de Personas lograron que dos jueces de control vincularan a proceso a 12 imputados por el delito de trata de personas, capturados los pasados días 29 y 30 de julio -respectivamente- durante el cumplimiento de dos cateos, uno en el municipio de Solidaridad y otro, en Benito Juárez.
La representación social formuló la imputación –en la primera audiencia- a Manuel “D”, Luis “M”, Miguel “A” y María “D”, quienes fueron capturados en un inmueble del Bulevar Kukulcán, en el municipio de Benito Juárez y -con base en los datos de prueba- logró establecer su probable participación en prácticas de Trata de Personas con fines de explotación sexual en agravio de 7 mujeres, que fueron rescatadas en una primera intervención implementada por policías de investigación.
Durante la segunda audiencia –celebrada en el municipio de Solidaridad- los Fiscales Especializados presentaron evidencia suficiente relacionada con la probable participación de Jesús “P”, Fabián “D”, Manuel “B”, Mario “R”, José “M”, José “R” Víctor “L” y Mónica “C” en el ilícito, del cual fueron rescatadas 14 mujeres en un inmueble ubicado en una de las principales avenidas de la colonia Centro, en dicho municipio.
Las labores de investigación emprendidas por la autoridad ministerial, -en el área de inteligencia-, permitieron recabar datos de prueba que resultaron contundentes para que el juez impusiera, como medida cautelar, la prisión preventiva para las 12 personas.
Cabe aclarar que una de las detenidas no fue vinculada a proceso; sin embargo, el fiscal del ministro público hará la valoración correspondiente para interponer el recurso ante el superior del juez.
Con estas acciones, la Fiscalía General del Estado de Quintana Roo cumple con su obligación de perseguir, capturar y llevar ante tribunales a quienes cometen conductas ilícitas, que atentan contra la dignidad e integridad de las mujeres.
viernes, 1 de febrero de 2019
Feminicidio debe ser considerado como delito grave
El feminicidio debe ser incluido en el catálogo de delitos graves que ameritan prisión preventiva oficiosa, el Grupo Parlamentario del PRD será inflexible y no quitará el dedo del renglón respecto a el tema, aseguró el coordinador de la bancada en el Senado de la República, Miguel Ángel Mancera Espinosa.
“Lo que estamos discutiendo es por qué si el homicidio está catalogado como delito grave, con prisión preventiva oficiosa, ¿por qué no el feminicidio? ese es el enfoque que hoy se está planteando. Estamos hablando de una muerte violenta por razones de género”, indicó.
En la antigua sede del Senado, durante las Audiencias Públicas para la Integración de la Agenda Legislativa de los Derechos de las Niñas y las Mujeres en México, el senador Miguel Ángel Mancera Espinosa, explicó que cuando se inicia una investigación por la muerte de una mujer, existen diferencias en los criterios de los tribunales, cuando lo primero que se debiera hacer, señaló, es descartar cualquier implicación de violencia de género.
“No es solamente un asunto de querer agravar o de ‘es que si lo dejamos al arbitrio judicial’, que yo sé que está ahí. Entonces eliminemos la prisión preventiva de todos, también del homicidio, ¿porque cuál es la diferencia?”, cuestionó.
Abundó que si se logra a este punto de acuerdo será muy bueno, “si estamos considerando que para estos delitos hoy no tenemos las medidas cautelares suficientes, y por eso se establece una prisión preventiva oficiosa, no verían la diferencia entre homicidio y feminicidio. Si hacemos esa diferenciación estaremos abonando en algo que ha sido una lucha de varios años y que creo que va por buen camino”.
El coordinador del GPPRD en el Senado, confió que durante el próximo debate que se tendrá sobre los delitos que son considerados como graves, se avance en la tipificación del feminicidio, “y ahí sí yo adelanto, el PRD va a ser inflexible en este punto”, sentenció.

