lunes, 17 de agosto de 2026

Caso Carla Monroy abre interrogantes en San Luis Potosí


* Antecedentes de hostigamiento y conflictos laborales en la UASLP


Por Redacción | Agencia MANL 

San Luis Potosí, SLP., 16 de agosto de 2026.– La denuncia sobre la separación de la doctora Carla Monroy Ojeda de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) ocurre en una institución que arrastra antecedentes documentados de denuncias por hostigamiento, violencia de género, conflictos laborales y cuestionamientos sobre la actuación de sus autoridades frente a las víctimas.

De acuerdo con el pronunciamiento difundido en solidaridad con Monroy Ojeda, la profesora investigadora de la Facultad de Derecho habría sido despedida después de denunciar presuntos actos de violencia institucional, hostigamiento y estigmatización contra ella y otras académicas.

Monroy Ojeda cuenta con nivel I del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII) y ha ocupado cargos académicos dentro de la Facultad de Derecho. Hasta julio de 2026, la propia UASLP la identificaba públicamente como coordinadora de la Maestría en Política Criminal e investigadora de esa facultad.

Sin embargo, hasta ahora no se localiza un comunicado público de la Universidad que explique o confirme oficialmente su separación, por lo que las circunstancias y la causa jurídica del supuesto despido deben ser aclaradas por la institución.

El caso adquiere relevancia por los antecedentes existentes.

Uno de los expedientes más significativos es el de Emma Elisa Menchaca de la Rosa, entonces profesora de la Facultad de Derecho. La Comisión Estatal de Derechos Humanos emitió la Recomendación 07/2020 por un caso de hostigamiento sexual en su contra. Posteriormente, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió la Recomendación 160/2022, al considerar insatisfactorio el cumplimiento de puntos de la recomendación estatal.

El conflicto también llegó a tribunales laborales. En el expediente 71/2022 se ordenó la reinstalación de Menchaca y se acreditaron irregularidades relacionadas con su separación laboral. Además, existen registros periodísticos de que el caso derivó en señalamientos sobre documentos y actuaciones administrativas cuestionadas durante el procedimiento.

Otro antecedente reciente es el de Rosalina Vázquez Tapia, trabajadora de la UASLP. En julio de 2026, el Tribunal Laboral del Poder Judicial del Estado ordenó su reinstalación después de acreditar actos de hostigamiento laboral dentro del expediente 2021/2023. La resolución también estableció medidas de reparación y ordenó iniciar investigaciones internas respecto de funcionarios relacionados con los hechos.

Existe además un antecedente especialmente relevante para hablar de posibles casos que quedaron sin sanción efectiva. En marzo de 2026, la Defensoría de los Derechos Universitarios informó que un expediente por violencia sexual contra un docente había prescrito internamente, porque la sanción no fue aplicada durante la administración anterior. La propia Defensoría señaló que una comisión investigadora sí había encontrado responsable al profesor de algunas conductas relacionadas con violencia sexual.

La propia documentación de la UASLP muestra que el problema no es nuevo. Un diagnóstico institucional sobre violencia de género recoge testimonios de docentes y personal administrativo que denunciaron que, en determinados casos, las consecuencias para profesores señalados consistían únicamente en cambios de funciones o de área. Incluso se documentaron percepciones de que la estructura sindical y la autonomía universitaria dificultaban la aplicación de sanciones efectivas.

Entre 2017 y 2019, la UASLP registró 39 quejas contra docentes por acoso y hostigamiento sexual: ocho en 2017, 14 en 2018 y 17 en 2019. De acuerdo con información entregada por la institución al Poder Legislativo, solamente cinco casos derivaron entonces en alguna medida sancionatoria, aunque las consecuencias fueron distintas y no necesariamente implicaron la rescisión laboral.

La situación tampoco se limita a años anteriores. En 2024, el director del Instituto de Física, identificado como Ricardo N., fue suspendido después de que una estudiante y una profesora presentaran quejas relacionadas con conductas similares al acoso sexual.

En 2025, la UASLP rescindió la relación laboral de un profesor de la Facultad de Economía después de que una investigación interna acreditara conductas de acoso sexual contra una estudiante.

Y en 2026 se han conocido nuevas denuncias, entre ellas una contra un docente de la Facultad de Derecho por presunto hostigamiento y acoso sexual, caso que fue llevado ante la Fiscalía General del Estado y notificado a las autoridades universitarias.

También existen antecedentes de confrontación entre académicas de Derecho y autoridades universitarias. En 2025, Monroy Ojeda y otras profesoras denunciaron hostigamiento, descalificaciones y violencia política de género durante el proceso para elegir la dirección de la Facultad de Derecho. Posteriormente denunciaron la colocación de panfletos destinados a desacreditar a varias académicas.

El antecedente resulta particularmente relevante porque Carla Monroy aparece como una de las académicas que públicamente cuestionaron esas prácticas.

Fuera de la UASLP también existen casos que muestran que el problema de violencia y presunta impunidad no es exclusivo de esta institución. En el Instituto Tecnológico de San Luis Potosí, estudiantes denunciaron en 2025 que cuatro docentes habían sido señalados ante la Fiscalía por casos de abuso sexual ocurridos entre 2020 y 2023 y que algunos de los acusados continuaban impartiendo clases.

En la Benemérita y Centenaria Escuela Normal del Estado también fueron colocados tendederos de denuncias contra docentes; estudiantes acusaron que un profesor había acosado durante años y cuestionaron que las autoridades no actuaran.

Así, el caso de Carla Monroy no puede analizarse únicamente como un eventual conflicto laboral individual. Existe un contexto documentado de denuncias, sanciones tardías, expedientes prescritos, resoluciones judiciales adversas a la Universidad y reclamos de académicas que aseguran haber enfrentado hostigamiento después de cuestionar decisiones internas.

El punto central que ahora debe esclarecerse es si la separación de Monroy Ojeda ocurrió realmente, bajo qué figura jurídica, cuál fue la causa invocada por la UASLP, si existió un procedimiento laboral previo y, particularmente, si existe relación temporal entre sus denuncias y la medida laboral.

También deberá determinarse si las autoridades universitarias abrieron alguna investigación por las denuncias de violencia institucional y hostigamiento formuladas por la académica.

Mientras la Universidad no haga públicos esos elementos, no puede afirmarse que el despido haya sido una represalia, pero tampoco puede descartarse esa hipótesis. La existencia de antecedentes documentados hace necesario revisar el expediente y conocer la versión oficial de la UASLP.

El caso plantea, además, una pregunta de fondo: ¿la Universidad Autónoma de San Luis Potosí realmente rompió con las prácticas de impunidad que su propia documentación institucional identificó durante años, o algunos de esos patrones continúan bajo nuevas formas?

Para responderla será necesario conocer el expediente laboral de Carla Monroy, las denuncias que presentó, las actuaciones de la Defensoría de los Derechos Universitarios, las decisiones de la Facultad de Derecho y, en su caso, las resoluciones del Consejo Directivo Universitario o de las autoridades laborales.

Por ahora, los antecedentes permiten establecer que sí existen casos previos dentro de la UASLP en los que denunciantes enfrentaron conflictos laborales, procedimientos cuestionados o falta de sanción oportuna, aunque cada expediente debe analizarse por separado y no puede asumirse que todos tengan la misma causa o responsabilidad.


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